Suscripción a Nuestra Newsletter

Encuentra Cualquier Contenido

Búsquedas Simples

Búsquedas Múltiples (Se puede marcar más de una opción en la casilla de la derecha).

Tipo de anuncio
Municipios

Buscar

Anuncio
Concurso
Corrección de errores
Cédula de Notificación
Edicto
Empleo
General
Multa
Ablanque
Abánades
Adobes
Alaminos
Alarilla
Albacete
Albalate de Zorita
Albares
Albendiego
Alcocer
Alcolea de las Peñas
Alcolea del Pinar
Alcoroches
Aldeanueva de Atienza
Aldeanueva de Guadalajara
Algar de Mesa
Algora
Alhóndiga
Alique
Almadrones
Almoguera
Almonacid de Zorita
Alocén
Alovera
Alustante
Anguita
Angón
Anquela del Ducado
Anquela del Pedregal
Aranzueque
Arbancón
Arbeteta
Argecilla
Armallones
Armuña de Tajuña
Arroyo de las Fraguas
Atanzón
Atienza
Auñón
Azuqueca de Henares
Baides
Barriopedro
Baños de Tajo
Bañuelos
Berninches
Bodera (La)
Brihuega
Budia
Bujalaro
Burgos
Bustares
Cabanillas del Campo
Campillo de Dueñas
Campillo de Ranas
Campisábalos
Canredondo
Cantalojas
Cardoso de la Sierra (El)
Casa de Uceda
Casar (El)
Casas de San Galindo
Caspueñas
Castejón de Henares
Castellar de la Muela
Castilforte
Castilnuevo
Cañizar
Cendejas de Enmedio
Cendejas de la Torre
Cendejas del Padrastro
Centenera
Checa
Chequilla
Chillarón del Rey
Chiloeches
Cifuentes
Cincovillas
Ciruelas
Ciruelos del Pinar
Ciudad Real
Cobeta
Cogollor
Cogolludo
Condemios de Abajo
Condemios de Arriba
Congostrina
Copernal
Corduente
Cubillo de Uceda (El)
Cuenca
Cuevas Labradas
Driebes
Durón
Embid
Escamilla
Escariche
Escopete
Espinosa de Henares
Esplegares
Establés
Estriégana
Fontanar
Fuembellida
Fuencemillán
Fuentelahiguera de Albatage
Fuentelencina
Fuentelsaz
Fuentelviejo
Fuentenovilla
Gajanejos
Galve de Sorbe
Galápagos
Gascueña de Bornova
Guadalajara
Gualda
Gárgoles de Abajo
Gárgoles de Arriba
Henche
Heras de Ayuso
Herrería
Hiendelaencina
Hijes
Hita
Hombrados
Hontoba
Horche
Hortezuela de Océn
Huerce (La)
Huertahernando
Hueva
Humanes
Huérmeces del Cerro
Illana
Iniéstola
Inviernas (Las)
Irueste
Jadraque
Jirueque
La Nava
Ledanca
Loranca de Tajuña
Lupiana
Luzaga
Luzón
Madrid
Majaelrayo
Malacuera
Malaguilla
Mandayona
Mantiel
Maranchón
Marchamalo
Masegoso de Tajuña
Matarrubia
Matillas
Mazarete
Mazuecos
Medranda
Megina
Membrillera
Miedes de Atienza
Mierla (La)
Millana
Milmarcos
Mirabueno
Miralrío
Miñosa (La)
Mochales
Mohernando
Molina de Aragón
Monasterio
Mondéjar
Montarrón
Moranchel
Moratilla de los Meleros
Morenilla
Muduex
Málaga del Fresno
Navas de Jadraque (Las)
Negredo
Ocentejo
Olivar (El)
Olmeda de Cobeta
Olmeda de Jadraque (La)
Ordial (El)
Orea
Otilla
Pardos
Paredes de Sigüenza
Pareja
Pastrana
Pedregal (El)
Peralejos de las Truchas
Peralveche
Peñalver
Peñalén
Pinilla de Jadraque
Pinilla de Molina
Pioz
Piqueras
Pobo de Dueñas (El)
Poveda de la Sierra
Pozo de Almoguera
Pozo de Guadalajara
Prados Redondos
Provincia (varios municipios)
Prádena de Atienza
Puebla de Beleña
Puebla de Valles
Pálmaces de Jadraque
Quer
Rebollosa de Jadraque
Recuenco (El)
Renera
Retiendas
Riba de Saelices
Rillo de Gallo
Riofrío del Llano
Robledillo de Mohernando
Robledo de Corpes
Romancos
Romanillos de Atienza
Romanones
Rueda de la Sierra
Sacecorbo
Sacedón
Saelices de la Sal
Salmerón
San Andrés del Congosto
San Andrés del Rey
Santa Cruz de Tenerife
Santiuste
Sayatón
Saúca
Selas
Semillas
Setiles
Sienes
Sigüenza
Solanillos del Extremo
Somolinos
Sotillo (El)
Sotodosos
Tamajón
Taragudo
Taravilla
Tarragona
Tartanedo
Tendilla
Terzaga
Tierzo
Toba (La)
Toledo
Tordellego
Tordelloso
Tordelrábano
Tordesilos
Torija
Torre del Burgo
Torrecuadrada de Molina
Torrecuadradilla
Torrejón de la Calzada
Torrejón del Rey
Torremocha de Jadraque
Torremocha del Campo
Torremocha del Pinar
Torremochuela
Torrubia
Tortuera
Tortuero
Traíd
Trijueque
Trillo
Tórtola de Henares
Uceda
Ujados
Utande
Valdarachas
Valdearenas
Valdeavellano
Valdeaveruelo
Valdeconcha
Valdegrudas
Valdelcubo
Valdenuño Fernández
Valdepeñas de la Sierra
Valdepinillos
Valderrebollo
Valdesotos
Valencia
Valfermoso de Tajuña
Valhermoso
Valtablado del Río
Valverde de los Arroyos
Ventosa
Viana de Jadraque
Villanueva de Alcorón
Villanueva de Argecilla
Villanueva de la Torre
Villares de Jadraque
Villaseca de Henares
Villaseca de Uceda
Villel de Mesa
Viñuelas
Yebes
Yebra
Yunquera de Henares
Yunta (La)
Yélamos de Abajo
Yélamos de Arriba
Zaorejas
Zaragoza
Zarzuela de Jadraque
Zorita de los Canes

Podrá filtrar la búsqueda por el tipo de anuncio que aparece en la lista desplegable.

Otra forma de filtrar la búsqueda es seleccionando el municipio.

Seleccione desde qué fecha quiere comenzar la búsqueda. Por defecto será desde el día uno del mes anterior a la fecha actual. La fecha puede modificarse en el calendario para personalizar la búsqueda.

Fecha actual la cual podrá ser modificada en el calendario que aparece al clikar.

Búsqueda por el día exacto de publicación del anuncio si lo conoce.

Lunes, 19 Agosto 2024 08:08

BASES Y CONVOCATORIA DE LOS PREMIOS PARA LA REALIZACIÓN DEL XXV CONCURSO DE PINTURA RÁPIDA AL AIRE LIBRE "CIUDAD DE GUADALAJARA" 2024.

2677

Descargar pdf Anuncio

AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA


2677

CÓDIGO BDNS: 780491

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica la convocatoria cuyo texto completo también puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/780491).

Con motivo de las Ferias y Fiestas de Guadalajara que este año se celebrarán en nuestra ciudad entre los días 29 de agosto y 15 de Septiembre de 2024, de acuerdo al programa elaborado por el Ayuntamiento para tales eventos, figura la convocatoria del XXV Concurso Nacional de Pintura Rápida al Aire Libre “Ciudad de Guadalajara” el día 7 de Septiembre de 2024 y que se regirá por las siguientes:

BASES

1.- OBJETO

El Objeto de la convocatoria es seleccionar, de entre los participantes al Concurso, aquellos que el jurado considere mejor, según varios criterios.

2.- PARTICIPANTES

2.1.- Podrán participar todos los artistas que lo deseen. Los premios se concederán en régimen de concurrencia competitiva.

2.2.- Los participantes habrán de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, según establece el artículo 24.7 del Real Decreto 887/2006 de 21 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y con el Ayuntamiento de Guadalajara.

Así mismo, no podrán hallarse incursos en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

Según establece el artículo 22.4 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la presentación de la solicitud de subvención, conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación de las circunstancias previstas en los artículos 18 y 19 del Real Decreto mencionado a través de certificados telemáticos, en cuyo caso el solicitante no deberá aportar la correspondiente certificación. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces la certificación en los términos previstos en los apartados anteriores.

2.3.- No podrán participar en esta convocatoria las personas que tengan pendiente de justificación, fuera de plazo, subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Guadalajara.

3.- CONDICIONES TÉCNICAS

3.1.- El estilo y la técnica serán libres y su temática deberá de ser exclusivamente la ciudad de Guadalajara. La obra se realizará in situ el sábado 7 de septiembre de 2024 en la localización seleccionada por el participante (el jurado podrá comprobar dicho requerimiento durante la ejecución de la obra).

3.2.- Cada participante deberá ir provisto de todo material que pueda necesitar para desarrollar su obra, incluido el caballete donde se expondrá su pintura.

3.3.- El soporte, que deberá de ser rígido, y superficie lisa, de unas dimensiones del soporte en su lado mínimo sea de 40 cm. Y su lado máximo de 120 cm., se presentará el día del concurso, entre las 09:00 y las 10:00 horas, en el Ayuntamiento de Guadalajara para ser sellado. Sólo se admitirá un soporte por concursante.

3.4.- A las 17:00 horas se dará por finalizado el XXV CONCURSO NACIONAL DE PINTURA RÁPIDA AL AIRE LIBRE “CIUDAD DE GUADALAJARA”, debiendo presentarse los concursantes al control establecido, en la Plaza de Santo Domingo, con su obra terminada. Allí quedará expuesta en su caballete hasta las 19:00 horas, momento en el cual se dará a conocer públicamente el fallo del jurado y se procederá a la entrega de Premios.

3.5.- Criterios de valoración:

Los premios se otorgarán basándose en criterios de originalidad, técnica utilizada y el realismo de la obra realizada.

4.- INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA

4.1.- Las inscripciones para la participación en el XXV Concurso Nacional de Pintura Rápida al Aire libre “Ciudad de Guadalajara”, se realizarán en el Ayuntamiento de Guadalajara (Plaza Mayor 1.- 19001 Guadalajara), entre las 09:00 y las 10:00 horas del día 7 de Septiembre de 2024.

4.2.- El texto íntegro de la convocatoria se encontrará a disposición de los interesados en el Departamento de Protocolo y Festejos del Ayuntamiento de Guadalajara.

4.3.- La publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara se llevará a cabo a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones de conformidad con lo establecido en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre.

5.- PREMIOS

5.1.- Los premios establecidos serán los siguientes:

PREMIOS

IMPORTE

PATROCINADOR

PRIMERO

1.500€

AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA (CULTURA)

SEGUNDO

1.000€

RESIDENCIA PARA MAYORES “NUEVO HORIZONTE”

TERCERO

800€

RED DE CALOR DE GUADALAJARA

CUARTO

500€

COLEGIO DE ARQUITECTOS

QUINTO

350€

COLEGIO DE APAREJADORAS Y AATT

SEXTO

300€

AUXFISE-G.NOGUERALES

PREMIO LOCAL

300€

ADUO MODA Shop Of Trends

PREMIO POPULAR

CUADRO AYTO EN PLATA

AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA

5.2.- El concurso local (residente o nacido en Guadalajara capital y/o provincia) que obtenga un premio general, no podrá participar en el premio local. Ningún concursante podrá obtener más de un premio en metálico.

5.3.- Para otorgar el Premio Popular, entre las 17:00 y 19:00 horas, se colocará una urna en la Plaza de Santo Domingo, donde todas las personas que lo deseen (mayores de 14 años) podrán votar por el cuadro que más les guste. Entre todos los participantes se sortearán dos entradas para los conciertos de Ferias programados por el Ayuntamiento.

5.4.- Las obras premiadas, que se firmarán después de conocido el fallo del jurado, pasarán a ser propiedad del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara o de la Entidad que otorgue el premio, así como los derechos de reproducción. Una vez entregados los premios, las obras no premiadas podrán permanecer expuestas para su venta hasta las 20:30 horas, no responsabilizándose de las mismas la organización del Concurso.

5.4.- Los premios estarán sujetos a la correspondiente fiscalización, según la normativa vigente, así como a la normativa tributaria correspondiente en materia de IRPF.

6.- ÓRGANOS COMPETENTES PARA LA INSTRUCCIÓN Y LA RESOLUCIÓN

El órgano competente para la Instrucción de este procedimiento es el Departamento de Protocolo y Festejos del Ayuntamiento de Guadalajara. El órgano competente para la resolución de este procedimiento es el Concejal Delegado de Cultura y Patrimonio Histórico.

7.- JURADO

7.1.- El Jurado estará compuesto por diversas personalidades relacionadas con el mundo de las Bellas Artes y de la Pintura en concreto y su decisión será inapelable. Actuará como Presidente del Jurado la Alcaldesa de Guadalajara o concejal en quien delegue.

7.2.- Este Jurado levantará acta final de sus resoluciones.

Este documento constituirá propuesta de acuerdo al Concejal delegado de Cultura y Patrimonio Histórico, que será el órgano municipal competente para la concesión del premio.

7.3.- Las decisiones del jurado en todo caso, serán inapelables y quedará facultado para resolver las dudas que se presenten, y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del concurso en todo lo no previsto en estas bases.

7.4.- Los concursantes se comprometen a aceptar las bases, así como las decisiones del Jurado.

8.- OTRAS DETERMINACIONES

8.-1. La participación en el concurso supone la aceptación de las presentes bases, quedando excluidas las obras que no cumplan alguna de las condiciones antes expuestas.

8.2.- La organización podrá introducir, si lo cree necesario, las modificaciones que estime convenientes para el buen funcionamiento del concurso.

9.- NORMA FINAL

Las presentes Bases se regirán por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, salvo en aquellos aspectos en los que, por la especial naturaleza de las subvenciones no resulte aplicable, Real Decreto 887/2006, de 21 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ley 39/20015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Guadalajara y Organismos Autónomos, Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal para 2024, y en lo no previsto por las anteriores normas, por las Disposiciones del Derecho Común

ANEXO I

D./Dña ....................................................................... con D.N.I: ............................ de ...... años de edad, residente en ............................ con domicilio en ................................................ C.P. ............., teléfono ............................, y dirección de correo electrónico ......................................................

Como ganador/a del XXV Concurso de Pintura Rápida Guadalajara 2024.

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD

Primero.- Que me encuentro al corriente de mis obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, según establece el artículo 24.7 del Reglamento de la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y con el Ayuntamiento de Guadalajara.

Segundo.- Que no me hallo dentro de ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 13 de la ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y que estoy al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

Tercero.- Que no tengo pendiente de justificación, fuera de plazo, subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Guadalajara.

Cuarta.- Que autorizo a los servicios del Departamento de Protocolo y Festejos del Ayuntamiento de Guadalajara a comprobar los datos anteriormente expresados.

Guadalajara, a 14 de Agosto de 2024. Don Francisco Javier Toquero del Vado, Concejal Delegado de Cultura y Patrimonio Histórico.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Guadalajara
Visto 355 veces

© Diputación Provincial de Guadalajara

Plaza de Moreno, 10 - 19001 Guadalajara - Tel.: 949 88 75 00